Obtener la nacionalidad española es un logro importante que abre muchas puertas, entre ellas, la posibilidad de traer a tus seres queridos a vivir contigo en España. Sin embargo, cuando pensamos en la familia, muchas veces queremos ir más allá de los hijos o los padres. Una de ellas es: Tengo la nacionalidad española, ¿puedo reagrupar a mi sobrino?
A diferencia de lo que ocurre con un cónyuge o un hijo menor de edad, los sobrinos no entran dentro del cupo de «familiares directos». Para poder traerlos, la legislación española nos obliga a recurrir a una figura jurídica específica: la Familia Extensa. Vamos a explicarlo más detenidamente.
Cuando un ciudadano adquiere la nacionalidad española, los trámites de extranjería para sus familiares se van a regir por la figura de la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.
Este régimen es mucho más favorable, pero divide a los familiares en dos grupos:
- Familia nuclear o directa: Cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 26 años (o mayores a cargo) y padres a cargo. Su reagrupación es un derecho casi automático si se cumplen los medios económicos.
- Familia extensa: Aquí entran los hermanos, tíos, primos y, por supuesto, los sobrinos.
Para reagrupar a un miembro de la familia extensa, la ley no se conforma con el simple vínculo de sangre. Exige demostrar una relación de dependencia económica o de convivencia muy estrecha y prolongada en el país de origen.
Requisitos indispensables para reagrupar a tu sobrino
Para que la Oficina de Extranjería apruebe la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión para tu sobrino, deberás acreditar documentalmente uno de los siguientes tres supuestos (siendo el primero el más habitual):
Dependencia económica: Es el motivo más utilizado. Debes demostrar que tu sobrino depende económicamente de ti para cubrir sus necesidades básicas (vivienda, alimentación, estudios, salud) en su país de origen. ¡Y ojo con esto! Extranjería exige demostrar que estos envíos de dinero se han realizado de manera continuada durante, al menos, los últimos 12 a 24 meses. No basta con haberle enviado dinero el mes pasado.
Convivencia en el país de origen: Si antes de venir a España vivías con tu sobrino en su país de origen, puedes alegar este supuesto. La ley exige demostrar de forma fehaciente que convivisteis bajo el mismo techo durante al menos 24 meses consecutivos antes de que tú te trasladaras a España. Esto se suele acreditar con empadronamientos históricos del país de origen.
Razones graves de salud o discapacidad: Este caso se aplica cuando el sobrino sufre una enfermedad grave o una discapacidad que le impide valerse por sí mismo, y tú, como tío/a con nacionalidad española, eres la única persona que puede hacerse cargo de él de manera efectiva.
¿Cómo es el procedimiento legal?
La solicitud la puede presentar la persona de nacionalidad española, personalmente o mediante representación, cuando se encuentre en territorio nacional y la extranjera se halle en el Estado de origen o de procedencia y ambos pretendan fijar su residencia de manera efectiva en España, o la persona extranjera, cuando tanto el familiar de nacionalidad española como el familiar extranjero se encuentren fuera del territorio nacional y tengan previsto trasladar o establecer su residencia de manera real en España.
En caso de que la solicitud la presente el familiar de nacionalidad española, deberá presentarla ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que resida.
Una vez la autorización sea concedida, el familiar deberá presentar la solicitud del correspondiente visado en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión ante la Oficina Consular española competente.
Si la solicitud la presenta la persona extranjera deberá presentarla ante la Oficina Consular española competente.
Por último, también puede presentarse telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Dado que la Administración examina estos expedientes con lupa para evitar fraudes, contar con el asesoramiento de abogados expertos en Madrid es esencial para que tu resolución sea favorable y no te enfrentes a un largo proceso.
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Preguntas frecuentes
¿Hay un límite de edad para reagrupar a mi sobrino?
A diferencia de los hijos, donde la barrera de los 21 años cambia las condiciones, en la familia extensa no hay un límite de edad estricto. Puedes reagrupar a un sobrino mayor de edad, siempre y cuando se demuestre que depende económicamente de ti y que no tiene otra red de apoyo familiar en su país.



