Calle Serrano, 93, 5ºC , 28006, Madrid

Cómo saber como va mi expediente en extranjería

Tabla de contenidos

Una de las situaciones más estresantes para cualquier extranjero en España es el periodo de incertidumbre que sigue a la presentación de una solicitud. Ya sea una renovación de residencia, una solicitud de arraigo o una reagrupación familiar, la pregunta siempre es la misma: «¿Cómo saber cómo va mi expediente de extranjería?»

En nuestro despacho de abogados Elbetea, sabemos que la administración no siempre es tan rápida como nos gustaría. Sin embargo, gracias a la digitalización, hoy en día es posible hacer un seguimiento en tiempo real sin necesidad de acudir presencialmente a la Oficina de Extranjería. 

La forma más rápida: consultar por Internet 

El método más efectivo y fiable es a través de la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas. Es un servicio gratuito y disponible las 24 horas. 

Para acceder, debes entrar en la plataforma oficial de Información sobre el estado del expediente de extranjería. Una vez dentro, verás que existen dos formas principales de acceso: 

Consultar con certificado digital o Cl@ve: Si dispones de Certificado Digital o sistema Cl@ve, esta es la vía recomendada. Al identificarte, el sistema te mostrará automáticamente todos los expedientes que tengas abiertos a tu nombre, con un nivel de detalle superior. 

Consultar con el formulario (Sin certificado): Si no tienes certificado, no te preocupes. Puedes consultar los datos introduciendo manualmente la información. Necesitarás tener a mano: 

  • El NIE o el Número de Expediente: El número de expediente lo encontrarás en el resguardo de tu solicitud (empieza por el código de la provincia, seguido del año y una serie de números). 
  • Fecha de presentación de la solicitud: Debe ser exacta. 
  • Año de nacimiento: Del solicitante. 

¿Qué significan los estados del expediente? 

Lograr entrar en la web es solo el primer paso. Lo siguiente es entender qué nos está diciendo la administración. A continuación, traducimos el «lenguaje administrativo» a palabras sencillas: 

  • En Trámite: Significa que tu solicitud ha sido registrada correctamente y está en la cola para ser revisada. Es el estado más común y el que más tiempo suele durar. 
  • Pendiente de solicitud de los informes preceptivos: El funcionario ha revisado tu expediente, pero está esperando informes internos (policía, antecedentes penales, seguridad social) para tomar una decisión. Es una buena señal: significa que ya lo están mirando. 
  • En calificación / Resolviendo: Tu expediente ya tiene todos los informes y está en la mesa del resolutor. La decisión es inminente (cuestión de días o pocas semanas). 
  • Requerido: ¡Atención! Esto significa que falta documentación o hay algún error. Te enviarán una carta (notificación) pidiendo lo que falta. Tienes un plazo estricto (normalmente 10 días) para aportarlo. 
  • Trámite requerido: Significa que ya has aportado los documentos que te pidieron y la administración los está revisando de nuevo. 
  • Resuelto Favorable: ¡Enhorabuena! Te han concedido la residencia o autorización. El siguiente paso será pedir cita para la huella y obtener tu TIE. 
  • Resuelto No Favorable: Tu solicitud ha sido denegada. En este punto es vital contactar con un abogado inmediatamente para presentar un recurso de reposición o contencioso antes de que se pasen los plazos. 
  • Archivado: Significa que la administración considera que desististe de la solicitud (normalmente por no contestar a un requerimiento a tiempo). 

El Silencio Administrativo 

Si han pasado más de 3 meses (o el plazo legal específico de tu trámite) y sigue poniendo «En trámite», podrías estar ante un caso de silencio administrativo. Dependiendo del tipo de solicitud, este silencio puede significar una denegación (negativo) o una aprobación (positivo). Es fundamental que un abogado revise tu caso concreto. 

Saber cómo va tu expediente de extranjería es útil para calmar la ansiedad, pero a veces la espera se hace insostenible o el estado «No Favorable» aparece en pantalla. 

En nuestro despacho somos abogados expertos en extranjería. No solo te ayudamos a presentar tu solicitud perfecta para evitar requerimientos, sino que presentamos recursos y escritos de agilización cuando la administración no cumple sus plazos. Pide cita con nosotros hoy mismo. 

Preguntas frecuentes

Legalmente, la administración tiene un plazo general de 3 meses para resolver (salvo en trámites comunitarios u otros específicos). Sin embargo, en la práctica, los tiempos varían enormemente según la provincia y la carga de trabajo de la oficina. En ciudades como Madrid la espera puede superar este plazo. Si se supera el tiempo legal sin respuesta, entra en juego el silencio administrativo.
No necesariamente. Si presentaste la solicitud recientemente a través de un registro público (no telemáticamente), la Oficina de Extranjería puede tardar hasta 3 o 4 semanas en «grabar» tus datos en el sistema. Hasta que un funcionario no registra tu entrada manualmente, no aparecerá en la web. Si pasados 45 días sigue sin aparecer, contacta con tu abogado.
Solo si estás en proceso de renovación y solicitas una Autorización de Regreso. Si es tu primera solicitud (inicial), te recomendamos no salir del país para evitar problemas en frontera.
Generalmente se aplica el silencio administrativo negativo (se considera denegado) para que puedas recurrir judicialmente. No obstante, la administración sigue obligada a resolver tarde o temprano. De acuerdo con el art. 71 del Reglamento 557/2011, en el caso de renovaciones de autorizaciones de residencia, el silencio administrativo es positivo.