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¿Qué es la tarjeta roja?

Tabla de contenidos

La Tarjeta Roja es el documento oficial que acredita la condición de una persona como solicitante de asilo (protección internacional) mientras su expediente se encuentra en trámite. 

Este documento certifica que la persona tiene permiso para permanecer legalmente en España mientras el Estado decide si le concede el asilo, la protección subsidiaria o una autorización por razones humanitarias. Es, en esencia, tu «escudo» legal mientras se resuelve tu caso. 

¿Quién me ayuda con la solicitud de asilo? 

El proceso de asilo puede ser abrumador, pero no tienes que enfrentarlo solo. En Elbetea, maximizamos tus posibilidades de éxito diseñando una defensa a medida desde el primer día. 

Ponemos a tu disposición un equipo de abogados expertos en extranjería altamente cualificados y especializados exclusivamente en la legislación de asilo. Nuestra trayectoria nos permite abordar cada caso con una estrategia sólida, anticipándonos a los requisitos de la administración española. 

Nos encargamos de gestionar tu proceso de manera integral, incluyendo: 

  • Solicitudes de asilo en frontera (aeropuerto) y territorio. 
  • Tramitación y renovación de la Tarjeta Roja. 
  • Defensa jurídica en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). 
  • Renovación de Tarjeta Comunitaria. 

En Elbetea no ofrecemos soluciones genéricas. Analizamos tu perfil minuciosamente para presentar la solicitud más convincente posible. Confía en nuestra experiencia para defender tus derechos con el máximo rigor profesional. 

¿Cómo se obtiene la Tarjeta Roja? 

Para obtener la tarjeta roja deberán solicitar protección internacional en la Oficina de Asilo y Refugio con cita previa. Puede pedir cita previa a través de la sede electrónica de este enlace https://icp.administracionelectronica.gob.es/icpplus/index.html, o llamando al 902 022 222 ó al 060 indicando la provincia para la que desea pedir la cita. 

Una vez obtenida la cita previa y, tras una primera entrevista, se entrega al solicitante de asilo un documento provisional (Hoja Blanca) que solo indica que se ha presentado la solicitud y que se está a la espera de la admisión o no a trámite de la petición. Este documento acredita que has presentado la solicitud y protege tu estancia, pero es previo a la Tarjeta Roja. Una vez que tu solicitud es admitida a trámite y la Hoja Blanca caduca, se te expedirá la Tarjeta Roja

¿Qué te permite la Tarjeta Roja ?

La Tarjeta Roja protege al solicitante frente a una devolución o expulsión. Mientras la tarjeta esté vigente, la persona está en situación regular en España. 

Además, la tarjeta incluye el NIE (Número de Identidad de Extranjero) asignado, necesario para trámites administrativos, sanitarios y bancarios. 

Esta tarjeta te da derecho a trabajar una vez transcurridos 6 meses desde la fecha de solicitud no antes.  

Otra de las características que te permite es el derecho a Sanidad y Educación, es decir, otorga pleno derecho al acceso a la sanidad pública y a la escolarización de menores. 

La tarjeta roja tiene, por norma general una validez de 6 meses. Una vez transcurrido ese tiempo debe renovarse periódicamente mientras el expediente de asilo no tenga una resolución definitiva. Si el proceso se alarga, se seguirán expidiendo renovaciones de esta tarjeta. Deja de ser válida en el momento en que se notifica la resolución final del asilo (ya sea favorable o desfavorable). 

Si finalmente te conceden el asilo o la protección internacional, la Tarjeta Rojaserá sustituida por la Tarjeta de Identificación Extranjero (TIE).  

Importante: La Tarjeta Roja NO es válida para viajar fuera de España. No permite cruzar fronteras dentro del espacio Schengen ni viajar al extranjero. Si el solicitante sale de España, corre el riesgo de que se le deniegue la entrada al intentar regresar o que su solicitud de asilo se considere abandonada. 

¿Qué ocurre si mi expediente no es admitido a trámite? 

Una resolución negativa no significa una expulsión inmediata. En Elbetea tenemos las herramientas legales para proteger tu estancia y recuperar tus derechos. Pero debes actuar rápido. 

Recibir una notificación de denegación es un golpe duro, pero es fundamental que sepas que el proceso legal no termina aquí. La administración te ha dado un «No», pero la Justicia puede decir «Sí». 

Sin embargo, el tiempo es tu mayor enemigo ahora mismo. Desde el momento en que recibes la notificación, se activan plazos legales muy estrictos. Si dejas pasar las fechas, perderás la oportunidad de defenderte. 

Cuando el Ministerio del Interior notifica que el asilo ha sido denegado, ocurren tres efectos inmediatos: 

  • Caducidad de la documentación: La Tarjeta Roja (o el resguardo blanco) pierde su validez legal, incluso si la fecha de caducidad impresa en el documento es posterior. 
  • Pérdida del derecho a trabajar: Si el solicitante tenía permiso de trabajo, este se extingue al momento de la notificación (salvo que se interpongan recursos con medidas cautelares). 
  • Orden de salida obligatoria: La resolución suele venir acompañada de una «carta de expulsión» que otorga un plazo (generalmente 15 días) para abandonar el territorio español voluntariamente. 

¿Qué opciones tengo ahora?  

Aunque pueda parecer que todo acaba aquí, sin embargo, hay varias opciones para recurrir. Aquí sí que es importante que vayas acompañado de un abogado y en Elbetea contamos con los mejores. Vamos a analizar tu expediente para activar una de las dos vías:  

La Vía del Recurso 

Si tu caso tiene fundamentos sólidos o necesitas mantener tu permiso de trabajo, llevamos tu caso ante los tribunales. 

  • Recurso de Reposición: Solicitamos una revisión rápida ante la administración (Plazo: 1 mes). 
  • Recurso Contencioso-Administrativo: Elevamos tu caso a la Audiencia Nacional (Plazo: 2 meses). 

La Vía del Arraigo 

Si el asilo ya no es viable, utilizamos el tiempo que has pasado en España para regularizarte a través de la Ley de Extranjería. 

  • Arraigo Laboral: Si has trabajado legalmente al menos 6 meses con tu Tarjeta Roja y llevas 2 años en España. 
  • Arraigo Social: Si llevas 3 años en el país y cuentas con una oferta de empleo. 
  • Arraigo para la Formación: Una vía para obtener papeles si te comprometes a estudiar una formación oficial. 

Si te encuentras en una situación delicada no esperes al último momento y ponte en contacto con nosotros ya que el tiempo juega en tu contra. 

Preguntas frecuentes

Sí, pero no inmediatamente. Tienes autorización para trabajar (por cuenta propia o ajena) una vez que se cumplen 6 meses desde tu solicitud de asilo. En la primera renovación de la tarjeta, ya aparecerá la autorización impresa.
Generalmente tiene una vigencia de 6 meses y se debe renovar periódicamente mientras tu solicitud de asilo siga en estudio y no haya una resolución definitiva.
Así es. En Elbetea nos encargamos de todo para que el cliente no se preocupe por nada. Son trámites muy complejos que requieren de experiencia de expertos. Puedes visitar nuestro despacho situado en pleno Barrio de Salamanca, para mantener una entrevista previa.